LOPD
Videovigilancia y ley de protección de datos una tarea fundamental.
Todas las instalciones de videovigilancia cuyas cámaras de seguridad realicen grabaciones tienen la obligación respetando la normativa sobre protección de datos (Ley Orgánica de Protección de Datos - LOPD), y esto es así porque la imagen personal se considera un dato de carácter personal y por lo tanto constituyen un fichero de datos personales en su conjunto.
La vulneración de las normas de protección de datos que hacen referencia a la videovigilancia es uno de los motivos más frecuentes de denuncia de los afectados y sanción por parte de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que suele ser de entre 600 y 1.200 euros la primera ocasión, en caso de reincidencia puede llegar a los 600.000 euros.
Vamos a aclarar cuáles son las implicaciones legales en protección de datos del uso de videovigilancia.
Según la ley está permitida la instalación de cámaras o videocámaras cuando la finalidad de vigilancia no pueda obtenerse mediante otros medios que, sin exigir esfuerzos desproporcionados, resulten menos intrusivos para la intimidad de las personas y para su derecho a la protección de datos de carácter personal.
Esto se conoce por principio de proporcionalidad, donde ponderamos las necesidades, sus costes y la posibilidad de utilizar otros recursos, existe además los siguientes aspectos a tener en cuenta.
Inscripción del fichero. Vidium permite la pre-inscripción de un fichero de videovigilancia de forma automatizada, para que sólo tengas que imprimir, firmar y enviar directamente a la AEPD y su Registro General.
Instalación. Toda instalación deberá respetar el principio de proporcionalidad, donde ponderamos las necesidades, sus costes y la posibilidad de utilizar otros recursos para prevenir interferencias injustificadas en los derechos y libertades fundamentales. Es decir, que debemos asegurarnos que el área de cobertura de las cámaras no vaya más allá de las instalaciones a proteger o vigilar, sin filmar zonas públicas salvo que resulte imprescindible.
Información. Como siempre uno de los aspectos más importantes de cualquier asunto relacionado con la LOPD. Todo responsable de un sistema de videovigilancia deberá colocar, en las zonas videovigiladas, al menos un distintivo informativo ubicado en lugar suficientemente visible, tanto en espacios abiertos como cerrados, y por otro lado deberá tener a disposición de los/las interesados/as impresos en los que se detalle la información acerca de sus derechos y la identidad del responsable del fichero ante quien ejercerlos.
Seguridad y secreto. Vidium encripta automáticamente tus grabaciones, eliminandolas pasado un mes y creado un canal de comunicación seguro. Así el responsable adoptar podrá garantizar la seguridad de los datos y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. Asimismo cualquier persona que por razón del ejercicio de sus funciones tenga acceso a los datos deberá de observar la debida reserva, confidencialidad y sigilo en relación con las mismas. El responsable deberá informar a las personas con acceso a los datos de su deber de secreto.
Documento de seguridad. Aparte de estos pasos es necesario realizar un documento de seguridad, dado el intrusismo en el sector, en Vidium recomendamos a nuestros socios empresas sólidas que le ofrecen experiencia y los mejores precios.
Parte de este texto ha sido extraido de Tecnología Pyme





